Hay que respetar de los ritmos, los tiempos y de las necesidades emocionales de cada niño, lo dice la Ley.
La escuela infantil debería entenderse como un lugar de vida y de relaciones a la que asisten niños capaces de «acción» propia, en cuya competencia los educadores y maestros confían. Por ello, una de las más importantes tareas docentes es la creación de un ambiente de confianza, acogedor y seguro en el que el niño se sienta querido y capaz, para afrontar los retos que le plantea el conocimiento progresivo de su medio y para adquirir los instrumentos y las estrategias que le permiten acceder a él. El cariño y acogimiento de los educadores y maestros será fundamental para crear este clima propicio para el aprendizaje. “Los métodos de trabajo en ambos ciclos se basarán en las experiencias de aprendizaje emocionalmente positivas, las actividades y el juego y se aplicarán en un ambiente de afecto y confianza, para potenciar su autoestima e integración social y el establecimiento de un apego seguro”, reza el Artículo 12 de la Ley Orgánica de Educación. Que en relieve que para que exista un apego seguro y un aprendizaje, se deben dar experiencias emocionales positivas.
“En el primer ciclo se atenderá especialmente a la adquisición de hábitos elementales de salud y bienestar, a la mejora de sus destrezas motrices y de sus habilidades manipulativas, al desarrollo del lenguaje , al establecimiento de vínculos afectivos con los demás y a la regulación progresiva de la expresión de los sentimientos y emociones”, reza el artículo. 6 de Educación Infantil.
Atender de forma progresiva al desarrollo efectivo y emocional es una de las “asignaturas trocales” de la etapa infantil: “En ambos ciclos de educación infantil se atendrerá progresivamente al desarrollo afectivo, a la gestión emocional, al movimiento y hábitos de control corporal, a las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación social, así como al descubrimiento del entorno de los seres vivos que en él conviven y de las características físicas y sociales del medio en el que viven. También se incluirán la educaciónen valores, la educación para el consumo responsible y sostenible y la promoción y educación para la salud. Además, se facilitará que las niñas y niños elaboren una imagen de sí misma positiva y equilibrada e igualitaria y adquieran autonomía personal”, dice el Art. 14.
Se trata de una etapa fundamental en el desarrollo de los niños y, por ello, es de capital importancia cuidar mucho la parte emocional. Y no, dejar llorar a un niño no es sinónimo de bienestar, ni le ayuda a regular sus emociones, ni mucho menos a madurar. Solo en un ambiente respetuoso, sano y con afecto habrá aprendizaje y maduración.
La atención a la diversidad y respetar los ritmos
Atender a la diversidad supone ofrecer una respuesta adecuada a las diferentes motivaciones, necesidades, intereses y estilo cognitivo de cada niño. Cada pequeño tiene su propio ritmo de desarrollo, y va construyendo de manera personal y dinámica las características que lo definen en función de las experiencias que va viviendo, de su origen social, económico y cultural, y, de forma relevante, de la ayuda que en este proceso se le proporciona. De hecho, uno de los pilares del Currículo oficial de Educación Infantil radica en que hay que respetar el ritmo de cada niño: “La acción educativa en esta etapa procurará la integración de las distintas experiencias y enseñanzas del alumnado con una prespectiva global y se adapatará sus ritmos de trabajo”. Teniendo esto en cuenta, ningún centro debería exigir que los pequeños entren a la escuela infantil sin pañal sino están preparados: se trata de un proceso madurativo que no se puede forzar porque requiere de ciertas habilidades que deben ser adquiridas. Insistimos en que la » intervención educativa debe contemplar como principio la diversidad del alumnado, adaptando la práctica educativa a las características personales, necesidades, intereses y estilo cognitivo de los niños, dada la importancia que en estas edades adquieren el ritmo y el proceso de maduración”, recoge el Art. 17 de la Ley Orgánica de Educación Infantil.
Resulta conveniente, pues, que el educador y el maestro consideren y respeten las diferencias personales de niños y niñas y realicen programaciones abiertas y flexibles que, al llevarse a la práctica, permitan acomodar el proceso de enseñanza a las necesidades y características de cada niño. De este modo se favorecerá el proceso de aprendizaje de manera individualizada, permitiéndose así que cada niño desarrolle al máximo sus potencialidades. “La intervención educativa debe contemplar como principio la individualización de la enseñanza, que en esta etapa cobra una especial relevancia, adaptando la práctica educativa a las características personales, las necesidades, los intereses, el estilo cognitivo, el ritmo y el proceso de maduración de los niños y las niñas de estas edades”, recoge el Art. 9. Por ello, ningún niño debería sentirse discriminado si lleva pañal, o si no se sabe el abecedario. De hecho, en esta etapa tan crucial es importante que los centros se adapten a los niños y no al revés, los educadores tienen que entender la diversidad de su alumnado y trabajar para » lograr que todos alcancen los objetivos de la etapa y serán siempre inclusivas e integradoras”, dice la Ley Orgánica de Educación Infantil. Es mas, en esta etapa es especialmente relevante la detección precoz de la necesidad de apoyo educativo, con el fin de comenzar la atención individualizada lo más tempranamente posible.
Período de adaptación
Un punto siempre candente es el de las adaptaciones y lo poco flexibles que son los centros para acomodar a los recién llegados o a aquellos alumnos a los que les cueste más la Vuelta al cole. ¿Qué dice la ley?: “En caso de que se obte por una incorporación paulatina de los nuevos alumnos al centro, esta deberá completarse en el plazo máximo de una semana. Para ello, los centros adoptarán programas y medidas de acogida y adaptación garantizando, en todo caso, la atención a tiempo completo a aquellos alumnos cuyas familias lo soliciten”. Pues bien, si hablamos de respetar los ritmos de los más pequeños y realizar un acompañamento respetuoso no podemos fijar en un tiempo concreto el periodo de adapatación; de hecho este último artículo contradice los párrafos anteriormente citados.
Colaboración centro-familia
Para una adaptación exitosa y una una educación infantil de calidad es imprescindible la adecuada interacción familia- escuela (y es que la labor educativa empieza siempre en la familia): “En estas edades, la familia es especialmente importante en la educación del niño. Es necesaria la colaboración y coordinación entre la familia y el centro a fin de actuar de modo congruente, consensuando pautas de actuación conjuntas y coordinadas y estableciendo de comúnacuerdo los límites por los que discurra el comportamiento del niño. Es especialmente importante su participación y ayuda en el periodo de adapatación del niño al centro y al aula”. (Anexo 1 curriculo educación infantil). Es muy importante que todas las partes «trabajen» en la misma sintonía para «sacar» lo mejor de los pequeños y que tanto en casa como en la escuela crezcan felices. El Artículo 3 de la LO de educación infantil recoge que: “con el fin de respetar la responsabilidad fundamental de los padres o tutores legales en esta etapa, los centros docentes cooperarán estrechamente con ellos para conseguir mayor cohesión y unidad de criterio en la educación de sus hijos y establecerán mecanismos para favorecer la participación en su proceso educativo”
Amparados también por la nueva «Ley Rhodes»
En junio de este año se publicó en el BOE la nueva Ley Orgánica 8/2021, conocida como “Ley Rhodes”, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. La norma pretende combatir cualquier tipo de violencia sobre la infancia y la adolescencia desde una perspectiva integral, incidiendo en la prevención, la socialización y la educación y estableciendo medidas de detección precoz, asistencia, reintegración de derechos vulnerados de la víctima. Y es que la lucha contra la violencia en la infancia es un imperativo de derechos humanos. Para promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño es esencial asegurar y promover el respeto de su dignidad humana e integridad física y psicológica, mediante la prevención de toda forma de violencia.
La protección de las personas menores de edad es una obligación prioritaria de los poderes públicos, reconocida en el artículo 39 de la Constitución Española y en diversos tratados internacionales, entre los que destaca la mencionada Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y ratificada por España en 1990. Promover medidas que aseguren el máximo bienestar para los niños, niñas y adolescentes, así como la cultura del buen trato a los mismos. Lo dice la Ley y también el sentido común. Que los más pequeños estén en un ambiente sano, con afecto y feliz marcará su desarrollo. Por tanto hay mucho en juego: si creéis que los derechos de vuestros hijos se están vulnerando en la escuela infantil, informaros y hablad con el centro para tratar de solventarlo.
Más info:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-9347
https://www.boe.es/boe/dias/2008/01/05/pdfs/A01016-01036.pdf